A 100 días de presidio remitido, la prohibición de acercarse a la víctima y de ejercer cargo u oficio público por el tiempo que dura la condena, fue condenado el concejal de Pelluhue, Ricardo Arellano Díaz, tras ser acusado del delito de violencia intrafamiliar.
La sanción fue dictada por el Juzgado de Garantía de Chanco y el hecho ocurrió el 9 de enero pasado.
Al respecto el fiscal jefe de Cauquenes, Héctor de la Fuente, dijo que "el imputado agredió a su conviviente con golpes de puño en el rostro, dejándola con lesiones leves, pero al ocurrir en contexto de una relación de pareja se califican legalmente como menos graves, porque además hay una hija entre en común. Después de escuchar las pruebas vertidas en juicio el tribunal decidió condenar al imputado como autor de lesiones menos graves en violencia intrafamiliar".
La sanción fue dictada por el Juzgado de Garantía de Chanco y el hecho ocurrió el 9 de enero pasado.
Al respecto el fiscal jefe de Cauquenes, Héctor de la Fuente, dijo que "el imputado agredió a su conviviente con golpes de puño en el rostro, dejándola con lesiones leves, pero al ocurrir en contexto de una relación de pareja se califican legalmente como menos graves, porque además hay una hija entre en común. Después de escuchar las pruebas vertidas en juicio el tribunal decidió condenar al imputado como autor de lesiones menos graves en violencia intrafamiliar".
El caso llegó a un juicio simplificado que se realizó ante el Juzgado de Garantía de Chanco. En dicha instancia la fiscalía probó que el delito ocurrió en presencia de una niña de 6 años que es hija del imputado y la víctima.
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